Casos en los que no es obligatorio el cinturón de seguridad
Afortunadamente, a día de hoy somos la inmensa mayoría los que, nada más sentarnos en un coche, automáticamente nos abrochamos el cinturón de seguridad en un acto que ya casi se puede calificar como reflejo.
Este gesto, sin embargo, no siempre es obligatorio ya que el Reglamento General de Circulación recoge cinco excepciones, aunque nosotros te recomendamos que nunca dejes de abrocharte el cinturón de seguridad.
1. AL DAR MARCHA ATRÁS O APARCAR
Cuando se trata de una maniobra que implique circular marcha atrás o un Estacionamiento la ley nos permite desabrochar los cinturones.
2. LOS TAXISTAS CUANDO ESTÁN DE SERVICIO
Sí un taxista está trabajando, no tiene la obligación de utilizar el cinturón de seguridad Por su naturaleza. Pero, el resto de ocupantes sí.
3. PERSONAS CON EXCEPCIÓN MÉDICA
Sí un médico lo acredita mediante un certificado del conductor puede conducir sin abrocharse el cinturón de seguridad, pero el resto de ocupantes deberán llevar el cinturón.
4. PASAJEROS DE VEHÍCULOS DE EMERGENCIA
Los pasajeros y conductores de vehículos de emergencias es decir bomberos, Ambulancias y vehículos de las fuerzas de seguridad del Estado no tienen la Obligación de utilizar cinturón de seguridad.
5. DISTRIBUIDORES DE MERCANCÍAS
Los distribuidores de mercancías que trabajan en un área reducida y tienen que efectuar numerosas paradas en un corto periodo de tiempo también están exentos de utilizar el cinturón de seguridad.
Europiezas no sólo informa a todo tipo de conductores sobre este tipo de noticias, sino que también se complace en poner a disposición del público en general, sus servicios online de búsqueda de recambio, piezas, repuesto dentro de una gran variedad de desguaces en Madrid, desguaces en Barcelona y muchos más para que siempre estén al día con sus vehículos.
Esperamos que esta información le haya sido de utilidad
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