Razones por las que te pueden multar
La declaración de intenciones recogidas en los dos primeros artículos de los reglamentos generales de circulación y de vehículos dejan claro que los conductores, por un lado, deben circular siempre con «la diligencia y precaución necesarias» y que sus coches, por otro, han de cumplir «con todos los requisitos técnicos legales». Bajo este paraguas legal se esconden un sinfín de atípicas infracciones que, aunque representan un porcentaje ínfimo del volumen de cien mil multas que se imponen cada año solo en la capital, pueden ser objeto de sanción.
El conductor, en definitiva, siempre debe estar capacitado y en condiciones de controlar su vehículo. Fumar, discutir, llevar el brazo por fuera de la ventanilla o comer mientras se circula pueden suponer sanciones de hasta 200 euros. Todo depende del «criterio del agente de turno a la hora de considerar que alguna de estas actitudes pueden influir de manera negativa en la conducción», según coinciden en señalar fuentes de la Policía Municipal y de la Guardia Civil de Tráfico.
Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario.
Conducir con la mano, el codo o el brazo fuera de la ventanilla (100 euros).
El claxon solo debe utilizarse en situaciones de emergencias. No hacerlo conlleva una multa de 80 euros.
Circular sin necesidad por el carril izquierdo o salir de una rotonda desde el carril central (200 euros).
Discutir con un acompañante cuando se circula (80 euros).
La vista, en la carretera. Beber agua con una botella de 1,5 litros o comer al volante (200 euros).
Conducir sin camiseta o en chanclas e, incluso, con tacones (200 euros).
Utilizar cascos o elementos (orejeras, tapones…) que cubran las orejas (200).
Ruedas en mal estado. La profundidad no puede ser inferior a 1,6 milímetros (200 euros).
Llevar las plazas cubiertas de barro o con pegatinas que tapen los números y la serie (300 euros).
No pasar la ITV a tiempo conlleva una multa de 200 euros (y la inmovilización) desde el mismo día que caduca la inspección y circular con ella denegada, de 500.
Cambio de domicilio. El cambio de domicilio del titular debe comunicarse a la DGT (80 euros).
Sin carteles a la vista. La colocación de un cartel de ‘se vende’ que impida la visibilidad (200 euros).
Luces y lunas. Sin multa, pero puede inmovilizarse el coche si no se avisa a la grúa para llevarlo al taller para sustituir la bombilla fundida o reparar la luna fracturada.
Europiezas no sólo quiere informar a todo tipo de conductores sobre éstos temas, sino que también se complace en poner a disposición del público en general, sus servicios online de búsqueda de recambio, piezas, repuesto dentro de una gran variedad de desguaces en Madrid, desguaces en Barcelona y muchos más para que siempre estén al día con sus vehículos. Esperamos que esta información le haya sido de utilidad